martes, 5 de mayo de 2009

Empresas que cometan abusos laborales recibirán sanción administrativa y también moral

tu-jefe-no-es-tu-duenoEl Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la difusión de los resultados de las inspecciones de trabajo, mediante la RM Nº 396-2008-TR. Así, en adelante se harían públicos dos temas: primero, las resoluciones administrativas que hayan quedado firmes declarando el incumplimiento de una norma laboral; y segundo, los informes de la OIT que contengan afectaciones de derechos de parte de un empleador. En consecuencia, las infracciones de este listado estarán referidas al incumplimiento de normas sobre relaciones laborales (remuneraciones, vacaciones, gratificaciones, entre otros), de seguridad y salud en el trabajo, empleo y ocupación, intermediación laboral y empresas usuarias, tercerización de servicios, contratación de extranjeros, libertad sindical y no discriminación, entre otros. Además de la infracción, como acto lesivo, el listado contendría información sobre la identificación del empleador, expediente, lugar y fecha de resolución, monto de la multa, y trabajadores afectados. Como resultado de dicha disposición, el sector Trabajo publicó recientemente –en su portal electrónico– la información antes detallada. El documento incluye información brindada por todas las direcciones regionales de Trabajo del país sobre los procedimientos inspectivos que hayan sido de su competencia. Derecho de los empleadores De forma paralela a este tipo de medidas, aumenta la necesidad de continuar reforzando la capacitación no sólo de inspectores, sino también de funcionarios responsables de resolver procedimientos inspectivos, pues podrían presentarse afectaciones arbitrarias de derechos de empleadores, sobre todo si se atiende que, hasta la fecha, no hay posiciones uniformes en algunos temas, a nivel de direcciones regionales de Trabajo e, inclusive, a su interior. Sería apropiado considerar la publicación de un listado de buenos empleadores que cumplen con la legislación laboral pero, sobre todo, respecto a los cuales podrían proponerse mecanismos que premien su cumplimiento. En un contexto en que la crisis financiera empieza a incidir negativamente en la economía, y ante altos niveles de informalidad de nuestro mercado laboral, cercanos a 66%, según el MTPE, es importante plantear una política que no sólo sancione al infractor, sino que también premie y fomente el cumplimiento. Objetivos Los objetivos centrales del MTPE en esta publicación son tres: Servir de elemento disuasivo para que los empleadores no afecten los derechos labores individuales y colectivos de trabajadores. No hay duda de que el prestigio de una empresa podría verse afectado con una publicación de este tipo, más aún en casos de empresas exportadoras cuyos mercados internacionales suelen ser muy sensibles ante estos hechos. Sancionar a los empleadores que incumplan la legislación laboral, pues, además de la multa administrativa, habrá esta sanción moral. Generar una base de datos que permita implementar un sistema de precedentes administrativos laborales que propicie seguridad jurídica en los administrados y, además, predictibilidad sobre la forma como se pronuncia la Autoridad de Trabajo.


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